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AUTOTRANSPORTE MEXICANO YA PUEDE OPERAR EN TERRITORIO ESTADUNIDENSE

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Firman México y Estados Unidos memorando de entendimiento

El Gobierno de México, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), suscribió un Memorándum de Entendimiento con el Departamento de Transporte (DOT, por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos, luego de que los Presidentes de ambos países alcanzaron una solución sobre el diferendo de autotransporte transfronterizo de carga, el pasado tres de marzo.

La firma de este acuerdo permitirá a los transportistas de México y Estados Unidos circular de manera permanente en ambos países, al incorporarse a un nuevo programa, en tanto cumplan con reglas similares de seguridad vial.

Los transportistas de carga mexicanos interesados en participar contarán con la certidumbre jurídica de que al cumplir con los requisitos establecidos podrán obtener y mantener la autorización permanente para operar conforme a las mismas reglas que los transportistas de Estados Unidos.

Las nuevas regulaciones son complementarias del sistema actual de transferencia de carga en la frontera, al permitir la circulación a los prestadores del nuevo servicio más allá de la zona comercial. Las reglas consisten en un nuevo programa para operar, inicialmente, bajo un permiso provisional de 18 meses. Una vez transcurridos los 18 meses, el transportista será evaluado para comprobar su cumplimiento y recibir un permiso permanente.

 

El nuevo programa consiste en tres etapas:

1. Etapa pre-operativa: en la que se realizará una revisión documental de la empresa, sus vehículos y conductores, del cumplimiento de normas técnicas de seguridad y medio ambiente, de la licencia internacional bajo reconocimiento mutuo y de la cobertura de un seguro para la carga y de responsabilidad civil del transportista y sus vehículos.

2. Etapa operativa: en la que habrá dos revisiones a lo largo de 18 meses. La primera de un periodo de 3 meses y la segunda en un período de 15 meses para comprobar su registro de operaciones conforme el régimen de seguridad vial establecido.

3. Etapa de autorización permanente: en la que los transportistas obtendrán la autorización definitiva, e irrevocable, para circular libremente por el territorio de ambos países.

 

A los participantes del programa del 2008 se les reconocerá su historial y tendrán la facilidad para incorporarse al nuevo programa desde la etapa correspondiente a sus operaciones previas.

El programa será evaluado mes a mes por un grupo de control binacional para supervisar su funcionamiento.

A partir del 7 de julio de este año, se podrán iniciar en ambos países los trámites para participar en el programa y se estima que los primeros permisos se emitan en agosto.

Los transportistas mexicanos interesados podrán ingresar sus solicitudes en el portal electrónico de la Administración Federal de la Seguridad de los Autotransportistas (FMCSA, por sus siglas en inglés): http://www.fmcsa.dot.gov/, los transportistas estadunidenses interesados podrán ingresar sus solicitudes a la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF), también vía internet al sitio: www.sct.gob.mx/transfronterizo

 

El entendimiento alcanzado por ambos gobiernos da origen a reglas para la operación de los transportistas que brindarán certeza jurídica a los participantes y a sus inversiones.

Como resultado de la firma, México suspenderá de manera horizontal 50% del arancel a los 99 productos bajo represalia a partir del 8 de julio del 2011. El otro 50% se eliminara al cruce del primer transportista mexicano del Programa. México se reserva el derecho de restablecer dichas represalias ante cualquier nuevo incumplimiento.

El Memorándum de Entendimiento pactado es una nueva vía para el pleno cumplimiento de los compromisos de Estados Unidos en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) en materia de transporte transfronterizo de carga, que traerá beneficios directos a los productores, exportadores, consumidores y usuarios del autotransporte, haciéndolo más eficiente y competitivo.

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