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¿Debo pagar impuestos por los ingresos de criptomonedas?

Una criptomoneda es un activo digital descentralizado que existe en una cartera digital y es utilizado como forma de pago para muchos. Surge por la creciente necesidad de tener una moneda abierta a todos, sin banco central que la controle. Por lo tanto, podemos considerarlas como una alternativa descentralizada a las monedas digitales.

En los últimos años las criptomonedas se han vuelto muy populares por las facilidades que otorgan a sus acreedores, sin embargo, aunque cada vez son más las empresas que deciden aceptarlas como forma de pago, es importante tener en cuenta todos los aspectos legales de las mismas, sobre todo si se obtienen ingresos a través de ellas, lo que podría atraer problemas ante las autoridades gubernamentales como el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

En primer lugar, hay que mencionar que la Ley Fintech define a las criptomonedas como activos virtuales, y que la Ley Antilavado las incluye dentro de su catálogo de actividades vulnerables de hacer operaciones con recursos de procedencia ilícita.

“Para realizar operaciones con los activos, las Instituciones de Tecnología Financiera deberán contar con la previa autorización del Banco de México, sin embargo, a la fecha las instituciones financieras del país no están autorizadas a realizar y ofrecer al público operaciones con activos virtuales, tales como Bitcoin, Ether, XRP, etc. por lo que quienes emitan u ofrezcan dichos instrumentos serán responsables por las infracciones a la normativa que ello ocasione y quedarán sujetos a las sanciones aplicables”, explicó Armando Gutiérrez, director del despacho fiscal Gutiérrez Cervantes Contadores.

Dado que no todas las instituciones tienen autorización, las monedas virtuales se gravan como propiedad o inversión cuando las vendes. Y usarlas para comprar algo cuenta como venderlas, si te pagan con bitcoin, por ejemplo, eso se computará como un ingreso imponible, eso significa que casi todas las transacciones pueden estar sujetas a impuestos y se deben reportar, informó el despacho.

Por lo tanto, si una persona utiliza estos activos virtuales, es obligatorio hacer la declaración de impuestos toda vez que el SAT tiene conocimiento de las operaciones e ingresos de las personas a través del sistema financiero, por lo cual se recomienda darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), así como llevar contabilidad y presentar declaraciones.

“Las personas físicas o morales que realicen operaciones con activos virtuales, mismas que se mencionan en el artículo 17 fracción XVI de la Ley Federal para Prevención e Identificación con Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, deberán reportarlo ante el Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero [SPPLD] en internet de la Página del SAT siempre que la operación sea por montos superiores a 57 804.90 pesos ya sea en Operaciones de Compra o Venta”, precisó el contador Armando Gutiérrez.

 Lo anterior es de manera independiente del tema fiscal, ya que ahí se reportará solo al momento de la venta y que se origine una utilidad, independiente del monto, señaló Gutiérrez.

Aunque el bitcoin y otras criptomonedas sean virtuales, tienen consecuencias muy reales en términos de impuestos. Si no pagas los impuestos que debes, tendrás que afrontar intereses y multas, y en algunos casos hasta puedes estar sometido a un proceso penal, por lo que además, será importante reportar ante el Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero todas las operaciones de Compra y Venta de Criptomonedas y así evitar problemas a futuro.

Editorial

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