Opinión

Consideraciones para la declaración anual 2021 y pagos provisionales 2022

Federico Solórzano, socio de Impuestos Corporativos en las Oficinas de Tijuana y Mexicali de KPMG en México.

Ante la evolución de la tecnología en el área contable y fiscal, cada día se desarrollan más programas digitales que facilitan los procesos de información contable y fiscal. En este sentido, las autoridades fiscales a nivel mundial buscan obtener y revisar la documentación con mayor rapidez mediante programas tecnológicos, para que los contribuyentes se apeguen a los cálculos que se determinen.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), con la intención de tener los datos exactos de los contribuyentes y prevenir la evasión fiscal, implementó la obligación de expedir lo que hoy se conoce como comprobante fiscal digital por internet (CFDI), el cual sirve de base para revisiones fiscales y para automatizar en gran medida los cálculos fiscales de los contribuyentes. Tomando como referencia que dicha documentación se encuentra en plataformas digitales, las autoridades pueden usarla para definir sus cálculos.

Por lo anterior, para la presentación de la declaración anual 2020 y 2021, el SAT emitió un formato que contiene información precargada de los pagos provisionales o, en algunos casos específicos, de CFDI, entre los que destacan:

  • Ingresos acumulables (información prellenada en pagos provisionales).
  • Sueldos totales y exentos pagados a los trabajadores (información con relación a CFDI timbrado).
  • Pérdidas fiscales pendientes de amortizar (datos proporcionados en declaraciones anteriores).
  • Pagos a personas físicas por honorarios y arrendamientos.
  • Participación de los trabajadores en el reparto de utilidades de la empresa (PTU) pagada del ejercicio anterior.

Para efectos de los pagos provisionales que se efectuarán a partir de 2022, tendrá que ser prellenada cierta información en el formato de impuesto sobre la renta (ISR) propio, así como para las retenciones de sueldos y salarios. Estos datos serán basados en función de los CFDI, de los cuales se destaca la siguiente información:

ISR propio

  • Ingresos mensuales en función de los CFDI emitidos en el mes.
  • Permitirá conciliar ingresos de CFDI ya acumulados, entre otros supuestos.
  • Se permitirá adicionar ingresos como ganancias cambiarias, entre otros.
  • El coeficiente se seleccionará de información de las últimas declaraciones anuales.

ISR de retenciones de salarios

  • El impuesto vendrá determinado en función de los CFDI timbrados en el periodo.
  • Tendrá un campo para modificar el monto.

La autoridad ha emitido cartas invitación cuando se detectan diferencias entre las retenciones de ISR enteradas por los contribuyentes y la información de las retenciones plasmadas en los CFDI de nómina.

Es evidente que el SAT poco a poco está tratando de obtener de manera muy detallada los impuestos de los contribuyentes y, con esto, automatizar los cálculos de las contribuciones.

En función de lo antes mencionado, es importante que las organizaciones, a la par de las autoridades, implementen tecnología que automatice los cálculos del negocio, manteniendo sólidas sus operaciones con los diferentes CFDI que pueden existir. Asimismo, es relevante anticiparse al prellenado de los cálculos para la declaración anual, tomando en cuenta los elementos clave previamente mencionados.

En el caso de los pagos provisionales, es esencial revisar la plataforma del SAT oportunamente para detectar diferencias, con la finalidad de construir un expediente sólido. Asimismo, es necesario hacer las correcciones pertinentes para no recibir invitaciones del órgano administrativo para aclarar diferencias o para, en un caso extremo, una cancelación de sellos digitales o emisiones de opinión de cumplimiento negativos, lo cual puede afectar gravemente la operación del negocio.

Editorial

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