Historico

MODIFICAN COMPROBANTE FISCAL DIGITAL

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Para 2012, los comprobantes fiscales digitales ya no tendrán que contener el nombre o denominación social del contribuyente que lo expide y tampoco su domicilio fiscal…

…sin embargo, deberá añadir el régimen fiscal en el que tributa su emisor, advierte la iniciativa de reforma al Código Fiscal de la Federación.

«Resulta conveniente simplificar los requisitos que deben contener los comprobantes fiscales y compilarlos en el Código Fiscal de la Federación», detalla la exposición de motivos de la iniciativa, presentada por el Ejecutivo federal a la Cámara de Diputados.

Por eso, destaca, plantea suprimir los datos del nombre, denominación o razón social, y del domicilio fiscal de los contribuyentes que expiden los comprobantes fiscales digitales.

«Toda vez que el Servicio de Administración Tributaria ya cuenta con dicha información en sus bases de datos, por lo cual se consideró que es suficiente que el comprobante contenga el requisito de la clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien lo expide», añade la iniciativa.

Sin embargo, también propone incorporar a los comprobantes fiscales digitales un nuevo requisito, señaló Francisco Saucedo, fiscalista, y es el de expresar el régimen fiscal en que el emisor tributa para efectos del Impuesto Sobre la Renta.

Otro de los puntos, indicó, es que los comprobantes fiscales digitales deberán contener el uso de la unidad de medida, es decir, además de expresar la cantidad y la clase de bienes o mercancías o descripción del servicio, deben detallar si son kilos, litros, metros, lotes, atados, entre otros.

«(Además) de expresar en el comprobante fiscal digital la forma de pago, de si fue en efectivo, transferencia electrónica, cheques nominativos, entre otros», añadió Saucedo.

El fiscalista advirtió que el fisco reitera que no serán deducibles ni podrán acreditarse los impuestos trasladados, cuando los comprobantes digitales no reúnan algún requisito de los señalados en los artículos 29 y 29 A, o bien exista error en los datos plasmados.

 

Nuevos datos

Proponen incorporar a los comprobantes fiscales digitales los regímenes bajo los cuales tributan los emisores y que pueden ser:

1.- Persona moral, del título dos de la Ley (del Impuesto Sobre la Renta)

2.- Persona moral no lucrativa, título tres de la misma Ley

3.- Persona física, título cuatro de la Ley, capítulo dos actividades empresariales o profesionales, o capítulo tres, arrendador, entre otros contribuyentes

4.- El nuevo comprobante fiscal digital entrará en operación en 2012

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