Alejandro Alcántara de Análisis MX: la subcontratación especializada
ANTAD: Talentum 2021 Recursos Humanos
Alejandro Alcántara, abogado de Análisis Mx y consultor jurídico en temas laborales, impartió la conferencia online “Cumplimiento normativo en la era de la subcontratación especializada”, durante el segundo día del simposio Talentum 2021 Recursos Humanos “Reinventando RH”, organizado por ANTAD.
“Con la reforma laboral de abril del 2021, el outsourcing ahora se denomina subcontratación especializada de personal y modificó en parte el procedimiento de sustitución patronal; estableció nuevas reglas para el reparto de utilidades para el próximo año y creó nuevas multas e incrementó otras”, explicó el abogado.
Empresas contratantes
Según Alejandro Alcántara, “en la sustitución patronal, las cuatro instancias laborales, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPC), el IMSS, el INFONAVIT y el SAT, te van a pedir el contrato de prestación de servicios. Como empresa contratante tienes que estar pendiente de las obligaciones del servicio o de la obra, ya que ahora tienes que verificar constantemente que los prestadores que ejecuten la obra estén vigentes en el Registro de Empresas Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), de lo contrario puedes ser multado hasta por más 4 millones de pesos”.
Entre sus recomendaciones a estas empresas, está el “permitir la inspección por parte de la Secretaría del Trabajo, ya que las multas se incrementaron de 22 mil 450 pesos a 448 mil 100 pesos por negarse a recibir la visita de la inspección, además de la obligación de presentar la información”.
Por otro lado, informó que “una empresa contratante por incumplir la reforma laboral en materia de subcontratación se podría hacer acreedora a multas desde los 201 mil 690 pesos a los 4 millones 929 mil 100 pesos y cárcel desde los tres meses a los nueve años de prisión, además de que no podría acreditar ni deducir el ISR y el IVA”.
Empresas contratistas
En el caso de las empresas contratistas, el consultor jurídico en temas laborales, puntualizó que son empresas patronas y tienen obligaciones de capacitación, de seguridad social en el trabajo, entre otras cuestiones, además de que a ellas se les agrega el REPSE, para que obligatoriamente se inscriban en él. “La ley no prohíbe a los contratistas, pero hace difícil obtener el registro en el REPSE por cuestiones ajenas a su voluntad”.
“En el caso del incumplimiento a sus obligaciones ante la STPS, IMSS, INFONAVIT y SAT le podría acarrear la pérdida del registro ante el REPSE y la imposición de multas desde los 524 mil 318 pesos a 5 millones 291 mil 607 pesos”.
Finalmente, en la sesión de preguntas y respuestas, Alejandro Alcántara opinó que en el cumplimiento de las obligaciones de las empresas “debería de existir un sistema digital que ayude a cumplir con la normatividad en todas las instancias gubernamentales involucradas (STPS, IMSS, INFONAVIT y SAT), con procedimientos en línea para declarar sus obligaciones laborales”.